Verifactu cambia la forma en que los programas de facturación tienen que guardar y, en su caso, enviar las facturas a Hacienda. Afecta a la mayoría de empresas y autónomos que facturan con un programa informático, y los plazos han cambiado varias veces.
En esta guía verás qué es, a quién afecta, en qué punto están los plazos en octubre de 2026 y qué conviene hacer según factures con un programa estándar o con un software a medida.
Qué es Verifactu
Verifactu es el nombre con el que se conoce el reglamento de los sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023), que desarrolla la Ley Antifraude de 2021. Su objetivo es que los registros de las facturas sean íntegros, trazables e inalterables, para acabar con los programas que permiten ocultar ventas.
El software de facturación puede funcionar de dos maneras:
- Modalidad VERI*FACTU: el programa envía automáticamente a la Agencia Tributaria cada registro de facturación en el momento de emitir la factura.
- Modalidad no VERI*FACTU: el programa guarda los registros con firma electrónica y requisitos adicionales de conservación, y los entrega a Hacienda si los solicita.
A quién afecta
Afecta a empresas y autónomos que emiten facturas con un programa informático. Quedan fuera, entre otros, quienes ya están en el Suministro Inmediato de Información (SII).
También afecta a quienes fabrican o comercializan software de facturación, que deben garantizar que sus programas cumplen los requisitos.
Plazos: en qué punto estamos (octubre de 2026)
Las fechas se han retrasado varias veces. Tras el último cambio legal, la obligación quedaba fijada para el 1 de enero de 2027 en el caso de las sociedades y para el 1 de julio de 2027 en el resto de contribuyentes.
El 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda anunció que prevé aplazar de nuevo estas obligaciones hasta octubre de 2028, para alinearlas con la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales. Es una previsión: falta la norma que lo apruebe, así que conviene seguirlo de cerca.
El aplazamiento previsto no cambia lo que habrá que cumplir: da más tiempo para adaptarse con calma.
Qué pasa si no se cumple
La Ley General Tributaria prevé multas de hasta 50.000 euros por ejercicio para quien use un software de facturación que no cumpla los requisitos, y de hasta 150.000 euros por ejercicio y tipo de programa para quien lo fabrique o comercialice.
Qué hacer según con qué factures
Si facturas con un programa estándar (Holded, Sage, Odoo u otros)
Confirma con tu proveedor que el programa estará adaptado a Verifactu y en qué modalidad. Si el programa está conectado con otras aplicaciones (tienda online, apps propias), revisa que esas conexiones sigan funcionando cuando se active.
Si facturas con un software a medida
Tendrás que adaptarlo: generar los registros de facturación con los datos que exige el reglamento, encadenarlos, firmarlos o enviarlos a la Agencia Tributaria según la modalidad, e incluir el código QR en las facturas. Otra opción es conectar tu aplicación con un programa de facturación que ya esté adaptado.
Si facturas con Word o Excel
Es buen momento para revisar si te compensa pasar a un programa de facturación adaptado, sobre todo si también vas a tener que emitir facturas electrónicas.
Cómo te ayudamos en Efiprox
- Incluimos la facturación adaptada a Verifactu en las aplicaciones a medida que desarrollamos. Ya lo hemos hecho en proyectos reales.
- Conectamos tus aplicaciones con Holded, Sage u Odoo para que la facturación se haga en un programa ya adaptado.
- Revisamos tu sistema actual y te decimos qué opción te conviene.
- Si tienes una clínica de fisioterapia, la facturación con VERI*FACTU va incluida en el módulo básico de Eficlinics.
¿No tienes claro si tu facturación cumplirá?
Cuéntanos con qué facturas hoy y te decimos qué tendrías que cambiar y cuándo.
Foto: SumUp en Unsplash.
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Preguntas frecuentes sobre Verifactu
¿Qué es Verifactu?
Es el sistema de requisitos para los programas de facturación (Real Decreto 1007/2023) que obliga a que los registros de las facturas sean íntegros, trazables e inalterables y, en la modalidad VERI*FACTU, a enviarlos automáticamente a la Agencia Tributaria.
¿Cuándo será obligatorio Verifactu?
La fecha vigente era el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto. El 5 de octubre de 2026, Hacienda anunció que prevé aplazarlo hasta octubre de 2028; falta la norma que lo apruebe.
¿Afecta a los autónomos?
Sí, a los autónomos que facturan con un programa informático. Quedan fuera quienes ya están en el SII.
Si uso Holded, Sage u Odoo, ¿tengo que hacer algo?
Confirma con tu proveedor que el programa estará adaptado y en qué modalidad, y revisa que las conexiones con tu tienda online u otras aplicaciones sigan funcionando.
¿Qué pasa si mi software de facturación es a medida?
Hay que adaptarlo a los requisitos del reglamento o conectarlo con un programa de facturación que ya esté adaptado. En Efiprox hacemos ambas cosas.





